Noticia No. 29. ¿Qué sucede si presenta declaraciones de IVA en periodos diferentes al obligado?
El contexto Legal y su Evolución
El IVA debe ser declarado y pagado dentro de los plazos establecidos por el Gobierno nacional, según lo dispuesto en el artículo 429 del Estatuto Tributario (ET). Anteriormente, el parágrafo 2° del artículo 1.6.1.6.3. del Decreto 1625 de 2016 establecía que las declaraciones de IVA presentadas fuera de los periodos definidos no tenían efecto legal. No obstante, el Consejo de Estado declaró nula esta disposición en noviembre de 2022, ya que excedía las normas legales.
En un intento por resolver la situación, la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 propuso una solución temporal para los responsables del IVA que habían presentado declaraciones fuera de los plazos establecidos. Sin embargo, el Concepto Dian 001328 del 7 de febrero de 2023 determinó que el artículo 92 de dicha ley no tenía aplicabilidad debido a los efectos retroactivos de los fallos de nulidad del Consejo de Estado.
Opciones para los responsables de IVA
Opción 1: Si un responsable del IVA estaba obligado a declarar y pagar el impuesto de manera bimestral, pero lo hizo de manera cuatrimestral, deberá corregir la declaración cuatrimestral y presentar la declaración correspondiente al bimestre restante. Además, será necesario liquidar las sanciones y los intereses moratorios que correspondan.
Opción 2: Si un responsable del IVA estaba obligado a declarar y pagar el impuesto de manera cuatrimestral, pero lo hizo de manera bimestral, deberá corregir ambas declaraciones bimestrales para incluir y ajustar la información correspondiente al cuatrimestre. También se deberán liquidar las sanciones correspondientes. En caso de no haber presentado la declaración en alguno de los bimestres, solo será necesaria una corrección.
Es importante llevar un registro contable riguroso y cumplir con los plazos establecidos para presentar la declaración de IVA, ya que el incumplimiento puede derivar en sanciones y multas, como pudimos ver.
Fuente: tax news co/Int – Muñoz Montilla Abogados Asociados.