¿Puede una persona soltera proteger su inmueble mediante patrimonio de familia?

«Supernotariado confirma que solteros pueden proteger su vivienda si cumplen requisitos legales».
La jurisprudencia, en particular la Sentencia C-107/17, reconoce que la familia no se limita a estructuras convencionales y admite categorías como las familias extensas, de crianza y unipersonales. En este contexto, la Corte determinó que negar el patrimonio de familia a quienes deciden vivir solos resultaría discriminatorio y contrario a los principios de dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad y pluralismo familiar.
En consecuencia, la Superintendencia de Notariado aclaró que una persona soltera y sin hijos puede constituir un patrimonio de familia como familia unipersonal, siempre que cumpla los requisitos legales. Entre ellos se encuentran el dominio pleno del inmueble, la ausencia de gravámenes y la acreditación de la condición unipersonal, garantizando que la figura no se utilice para eludir obligaciones con acreedores.
Fuente: Ámbito Jurídico.
