¿Puede una Sociedad Colombiana trasladar su domicilio a otro país?

La respuesta es NO.
La Supererintendencia de Sociedades reitera que no es posible una redomiciliación de una sociedad constituida legalmente en Colombia, a otro país sin perder su continuidad jurídica.
La Supersociedades reitera que no es posible una redomiciliación de una sociedad constituída legalmente en Colombia, a otro país sin perder su continuidad jurídica. El Código de Comercio contempla el cambio de domicilio como una reforma estatutaria que solo puede realizarse dentro del territorio colombiano, dado que se requiere el registro en una Cámara de Comercio nacional.
La redomicialición transfronteriza implicaría reconocer la jurisdicción extranjera en Colombia o viceversa, lo que contraría normas de orden público. No obstante, la Superintendencia señaló como alternativa viable la fusión internacional, aunque con implicaciones jurídicas distintas a la redomiciliación.
En conclusión, no existe mecanismo legal vigente para cambiar el domicilio principal de una sociedad colombiana al extranjero manteniendo su continuidad jurídica.
Fuente: Noticiero Oficial