Noticia No. 20 Matrícula Mercantil, ¿Por qué se debe renovar cada año?

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En Colombia, la Matrícula Mercantil es un requisito legal para todas las empresas que deseen operar de manera formal. La matrícula mercantil se realiza ante la Cámara de Comercio correspondiente y debe renovarse anualmente. Si una empresa no renueva su matrícula mercantil en el tiempo establecido, puede enfrentar una serie de consecuencias legales y administrativas, que pueden variar dependiendo de la jurisdicción y la normativa local.

Extraemos dos puntos importantes expedidos mediante leyes:

  1. ARTICULO 30 DE LA LEY 1727 DE JULIO DE 2014“…El comerciante que incumpla con la obligación de renovar oportunamente su matrícula mercantil, estará sujeto a las sanciones previstas en el artículo 37 del Código de Comercio”, la multa será impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio y puede ascender a 17 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir la suma de$ 13.281.114″.
  2. DECRETO 1068 DE 23 JULIO DE 2020 ARTICULO 144 LEY 1955 DE 2019…»Las sociedades mercantiles sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años o que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como no operativas y, podrán ser declaradas de oficio como disueltas por la Superintendencia de Sociedades, salvo demostración en contrario de su parte”, y por medio del Decreto 1068 de 2020 se reglamenta su aplicación».

El NO Renovar la Matrícula Mercantil podría traer algunas consecuencias que debe conocer:

  • Multas y Sanciones
  • Pérdida de beneficios y derechos
  • Imposibilidad de ejercer ciertas actividades.
  • Pérdida de confianza y credibilidad

Es importante destacar que las consecuencias pueden variar dependiendo de la jurisdicción y la naturaleza de la actividad comercial. Para obtener información precisa y actualizada sobre las implicaciones específicas de no renovar la matrícula mercantil en Colombia, se recomienda consultar directamente con la Cámara de Comercio correspondiente o buscar Asesoría legal profesional.

Por último anotamos que la Cámara de Comercio no aplica sanciones ni multas por la NO RENOVACION de la Matrícula Mercantil, no obstante al momento de solicitar un certificado saldrá con una anotación que indica que el comerciante no ha cumplido con la obligación legal de renovar su matrícula».

Fuente: Noticiero Oficial – Muñoz Montilla Abogados Asociados