Noticia No. 26 Contrato de Trabajo: Un vínculo legal y laboral fundamental

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«Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.» Art 22 CST

Según el artículo 37 del CST existen dos maneras de realizar un contrato laboral:

  • Contrato de trabajo verbal

El contrato de trabajo verbal es aquel donde no se firma algún documento, siendo los acuerdos únicamente de palabra. Al no existir un escrito que sirva como prueba, puede ser una debilidad en caso surjan diferencias entre el trabajador y el empleador. Este tipo de contrato está regulado por el artículo 38 del CST.

  • Contrato de trabajo escrito

El contrato de trabajo escrito ocurre cuando todo lo que se acuerda queda contenido en un documento. En este caso, no requiere mayor formalidad para su validez que la firma del trabajador y empleador. Este tipo de contrato está regulado por el artículo 39 del CST.

TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO QUE EXISTEN EN COLOMBIA

  • Contrato a término INDEFINIDO
  • Contrato a término FIJO
  • Contrato de obra o labor
  • CONTRATO DE APRENDIZAJE
  • Contrato ocasional, accidental o transitorio de trabajo

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