Ley 2365 de 2024: La clave para distinguir entre acoso sexual y laboral para la correcta gestión de cada caso.

“Mediante la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral.”
El acoso laboral tiene como fin infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del trabajador.
El acoso sexual se entiende como todo acto de persecución, hostigamiento o asedio, de carácter o connotación sexual, lasciva o libidinosa, que se manifieste por relaciones de poder de orden vertical u horizontal.
La reciente expedición de la Ley 2365 de 2024, mediante la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y en instituciones de educación superior en Colombia, exige, entre otras obligaciones, que los empleadores y contratantes al interior de sus organizaciones establezcan rutas de atención claras y adecuadas para la atención de los casos que se presenten de acoso sexual (Art. 11).
Teniendo en cuenta que desde 2006 existe la Ley de Acoso Laboral (Ley 1010 de 2006) es necesario diferenciar ambas conductas, dado que su tratamiento y abordaje al interior de las organizaciones es distinto. De esta manera se podrá garantizar que se haga uso de la ruta adecuada para la atención que cada caso requiere.
Si bien es cierto que en oportunidades se pueden presentar de manera simultánea el acoso laboral y acoso sexual, si resulta de fundamental importancia diferenciar el uno del otro para determinar la ruta a seguir por parte de la organización. De esta manera, la víctima de acoso sexual o laboral podrá activar la ruta adecuada y pertinente, y el empleador o contratante, establecer de manera clara los procedimientos y para atender uno u otro caso.
Al interior de las organizaciones e instituciones es necesario que permanentemente realicen campañas de sensibilización y capacitación a los empleados, contratistas y demás personas que intervengan en el contexto laboral en relación con las conductas que pueden implicar acoso laboral o acoso sexual, sus implicaciones y socializar las rutas de atención que cada organización contempla para abordar los casos que se presenten.
Fuente: Asuntos Legales