Noticia No. 37 Circulación de datos contenidos en la historia clínica para fines distintos a los autorizados viola el derecho a la intimidad.

La historia clínica solo puede ser conocida por terceros de manera excepcional cuando (i) se cuente con la autorización del titular, (ii) exista orden de autoridad judicial competente, (iii) quienes quieran conocerla sean familiares del titular y acrediten ciertos requisitos o (iv) se trate de individuos que, por razón de las funciones que cumplen en el sistema de seguridad social en salud, tienen acceso…

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